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En principio, el RD 1393/2007 de ordenación de las enseñanzas
universitarias oficiales, establece que los planes de estudio de las
titulaciones de Grado tendrán, de manera general, 240 créditos ECTS. No
obstante, las titulaciones que tengan directrices europeas podrán tener
un mayor número de créditos.
En este grupo hay que situar las titulaciones del ámbito de Ciencias de
la Salud y la Arquitectura. Por ello, Medicina (360 ECTS), Veterinaria
(300 ECTS) y Arquitectura (300 ECTS + Trabajo de Fin de Grado) tendrán
un número superior de ECTS.
Estas
materias se concretarán en asignaturas de un mínimo de 6 ECTS cada una
y se ofrecerán en la primera mitad del plan de estudios para favorecer la
movilidad de los estudiantes. Los créditos restantes hasta 60, en su caso, deberán estar
configurados por materias básicas de la misma u otras ramas de
conocimiento.
Todos los planes de estudio conducentes a
la obtención de un mismo título de Grado han de contar con el mismo
número total de créditos. Además, los créditos de formación básica
superados podrán ser objeto de reconocimiento automático entre títulos
que pertenezcan a la misma rama de conocimiento.
Las universidades podrán diseñar títulos de Grado adscritos a cada una
de las cinco ramas de conocimiento sin otro compromiso que el
cumplimiento de lo previsto en el RD 1393/2007 sobre organización de
las enseñanzas universitarias.
Tras la publicación del RD 1393/2007, se abrió una primera fase (hasta el 15 de febrero de 2008) para que las universidades presentaran las primeras propuestas de títulos de Grado adaptados al EEES para su impartición a partir de septiembre de 2008.
En total, se presentaron 205 solicitudes (aunque finalmente la
universidades retiraron 5 a lo largo del proceso), 163 las propuestas
de Grados que fueron informadas favorablemente por el Consejo de
Universidades y 106 los Grados que, con la autorización de los
Gobiernos autonómicos, se incluyeron en el RUCT (Registro de
Universidades, Centros y Títulos).
Desde entonces, sigue abierta la posibilidad para que las universidades
continúen presentando sus propuestas de Grado o Máster. De esta forma,
las nuevas titulaciones van entrando en vigor paulatinamente.
En todo caso, desde el curso académico 2010-2011 ya no se pueden ofertar
plazas de nuevo ingreso para las titulaciones de Licenciado, Diplomado,
Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico.
Las enseñanzas de Licenciado, Diplomado, Arquitecto, Ingeniero,
Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico quedarán definitivamente
extinguidas el 30 de septiembre de 2015. Ese curso, ya no se ofertarán
los últimos cursos de las actuales titulaciones con una extensión de 5
cursos académicos.
Hasta entonces, los alumnos podrán continuar con el mismo plan de
estudios, ya que éstos se extinguirán, con carácter general, curso por
curso. Además, los títulos que se obtengan otorgarán todas las
competencias académicas y profesionales establecidas actualmente para
cada uno de ellos.
Por tanto, los alumnos podrán acabar con el plan de estudios que han
empezado, sin ningún tipo de variación en su estructura, contenidos y
desarrollo. Además, una vez extinguido cada curso (suprimido de la
oferta educativa), y sin perjuicio de las normas de permanencia que
sean aplicables, las universidades garantizarán procedimientos que
posibiliten la superación de dicho curso en los dos cursos académicos
siguientes.
En cualquier caso, los estudiantes que hayan comenzado estudios
conforme a anteriores ordenaciones universitarias podrán también
acceder a las nuevas enseñanzas siempre y cuando hayan sido admitidos
en la Universidad correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el
RD 1393/2007, el RD 861/2010 y en la normativa de la propia Universidad.
Además, cuando la universidad elabore la propuesta de un nuevo plan de
estudios, deberá incluir las necesarias previsiones sobre los
mecanismos de reconocimiento de créditos para los estudiantes que
estuvieran cursando estudios dentro de planes anteriores a la reforma y establecerá, en su caso, los pertinentes cursos puente o de adaptación al Grado.
Sólo cuando la Universidad decida incorporar una nueva titulación del EEES por el procedimiento de inmersión (oferta simultánea de todos los cursos de un Grado que “sustituya” a una titulación antigua), los estudiantes matriculados en la titulación previa habrán de optar entre acabar sus estudios en dos años o incorporarse a la nueva titulación mediante el reconocimiento y transferencia de créditos que se hayan definido en el diseño del nuevo Grado.
Por lo tanto, la reforma de titulaciones afectará fundamentalmente a los estudiantes de nuevo ingreso y no tendrá carácter retroactivo.
Siempre que el título al que desees acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento que tus estudios de origen tendrás derecho a que te reconozcan, como mínimo, 36 créditos de formación básica. Los créditos restantes también podrá reconocerlos la Universidad, siempre y cuando las materias se adecúen a las competencias y conocimientos previstos en el plan de estudios del Grado que quieres estudiar.
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